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Es un procedimiento que se realiza para notificar de un proceso resolutivo de un acto administrativo y se debe publicar máximo cinco dias después de recibida la comunicación del Edicto o según indicación del Código General del Proceso
El interesado en notificar a un particular de la decisión administrativa del Edicto
Consiste en la publicación del acto resolutivo en un medio de alta circulación nacional y debe aportar la certificación o prueba de dicha publicación en los tiempos estipulados para cada proceso.